«Consideramos legítimo y necesario interpelar públicamente al Ministerio Público respecto de la orientación actual de su función investigativa en la Región de Atacama»

Columna de opinión: Camila Morales Sepulveda Abogada.

En pasado jueves 15 de enero de presente año, el Juzgado de Garantía de Copiapó realizó audiencia de control de detención y formalización respecto de un joven de 19 años, decretándose como única medida cautelar la prohibición de acercamiento a un funcionario de Carabineros, quedando el imputado en libertad.

Resulta relevante informar a la opinión pública que los mismos hechos que hoy se formalizan, ocurridos el 4 de julio de 2024, cuando el joven era menor de edad, motivaron previamente una querella criminal interpuesta por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), la cual se encuentra actualmente en tramitación sin formalización ni avances sustantivos conocidos.

Los hechos que hoy motivan imputaciones penales contra el joven se produjeron en el contexto de una manifestación pacífica, desarrollada tras la comunicación oficial del Ministerio Público a la familia de Tanya Aciares, en la que se informó que el cuerpo de la joven siempre estuvo en manos de las instituciones llamadas a investigar su desaparición, pese a que durante más de cinco años se sostuvo públicamente que la víctima podría encontrarse con vida, incluso embarazada, información que hoy ha sido reconocida como errónea.

La querella del INDH denuncia que, durante la detención del joven, se habrían producido apremios ilegítimos y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, describiendo el uso de fuerza física, amenazas y lesiones por parte de funcionarios policiales —quienes hoy uno de ellos figura como víctima en esta causa—, hechos que el propio INDH ha señalado como compatibles con dinámicas de tortura, conforme a estándares internacionales de derechos humanos. Dicha causa no ha sido objeto hasta la fecha de formalización ni de diligencias investigativas visibles orientadas a su esclarecimiento.

Como defensa de la familia Aciares, resulta además particularmente preocupante que el funcionario policial respecto del cual hoy se decreta una medida cautelar, el día en que supuestamente habrían ocurrido los hechos no haya efectuado denuncia ni se haya formalizado imputación alguna, pese a que el joven fue retenido por personal policial, y pese a que en la audiencia de formalización se aludió a la existencia de lesiones leves y maltrato de obra.

Los funcionarios policiales están al servicio de la protección de los derechos y la seguridad de la ciudadanía, y su actuar debe regirse por principios de legalidad, imparcialidad y respeto irrestricto a los derechos humanos. Sin embargo, la evidente diferencia en el tratamiento institucional entre causas en que jóvenes y manifestantes figuran como víctimas, y aquellas en que pasan a ser imputados, genera una legítima preocupación por eventuales sesgos en la actuación de los órganos del Estado, particularmente cuando se trata de familias que han exigido verdad y justicia frente a graves negligencias ya reconocidas por las propias instituciones.

Por lo que como defensa, reiteramos nuestro respeto por el curso de las investigaciones, pero manifestamos nuestra profunda preocupación por la criminalización de las familias de víctimas indirectas de desaparición, en contextos de protesta pacífica y legítima exigencia de responsabilidades estatales. La igualdad ante la ley exige que todas las víctimas reciban el mismo estándar de diligencia, protección y acceso a la justicia, con independencia de su origen social, contexto o rol procesal.

En este contexto, como familia y en nombre de Tanya Aciares, quienes han estado profundamente afectada por años de errores institucionales, consideramos legítimo y necesario interpelar públicamente al Ministerio Público respecto de la orientación actual de su función investigativa en la Región de Atacama.

Resulta imprescindible conocer cuáles son hoy los objetivos prioritarios de la persecución penal, cómo se garantiza la imparcialidad en el ejercicio de la acción penal, y qué criterios explican el avance diligente de ciertas causas en contraste con la inactividad prolongada de otras, particularmente aquellas en que las víctimas son jóvenes, manifestantes o familias de personas desaparecidas.

La transparencia, la objetividad y la igualdad ante la ley no debilitan la función del Ministerio Público; por el contrario, son condiciones esenciales para restablecer la confianza pública en las instituciones encargadas de investigar y garantizar justicia.

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